La Ley de Cantabria 6/2015, de Medidas Fiscales y Administrativas, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 30 de diciembre del pasado 2015, ofrece pocas novedades en relación los tributos cedidos la comunidad autónoma.
Además de una serie de actualizaciones relativas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (que, por el momento, se mantiene en su nivel de baja carga impositiva) y Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, lo más destacado consiste en aportar una mayor concisión en relación a los requisitos necesarios para la aplicación del tipo impositivo reducido de AJD al 0,5 por ciento para los documentos notariales que formalicen la adquisición o constitución de derechos reales sobre inmuebles destinados a usos productivos, situados en polígonos industriales o parques empresariales desarrollados mediante actuaciones integradas o sistemáticas dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria que vayan a constituir el domicilio fiscal o centro de trabajo de una empresa.
Concretamente, para poder aplicarse este tipo, es necesario que la empresa que se establezca en el polígono experimente, durante el año de establecimiento (que forzosamente ha de ser el inmediatamente siguiente a la adquisición del inmueble o el segundo como máximo si se constituyó un derecho real sobre el mismo) un incremento de empleo de, al menos un 10 por ciento, de su plantilla media del año anterior.
En el caso de ser una empresa de nueva creación bastará con que se produzca un aumento neto de empleo.
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