Deber de conservación de la documentación por un auditor de cuentas
Al hilo de una consulta planteada al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) en relación con la pérdida por parte de un auditor de la documentación referente a diferentes trabajos de realizados por él, este organismo ha tenido ocasión de pronunciarse sobre el deber de conservación y custodia por parte de los auditores de la dicha documentación. En principio, los auditores de cuentas deben conservar y custodiar la documentación referente a cada trabajo de auditoría de cuentas durante un plazo de 5 años a partir de la fecha del informe de auditoría, incluidos los papeles de trabajo...
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